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Mostrando entradas de octubre, 2016

Condonación de multas. Primera sentencia en el marco del Blanqueo Ley 27.260 (Sinceramiento Fiscal)

Ley 27.260. Condonación de multas.  La Cámara Contencioso Administrativo Federal hizo lugar al Recurso de Revocatoria deducido por la contribuyente, y de esta forma, resolvió condonar la multa impuesta a la parte actora, en virtud de lo dispuesto en el Régimen de Sinceramiento Fiscal, Ley 27.260. Para así decidir, los magistrados entendieron que la recurrente cumplía con las condiciones previstas en el art. 56, cuarto párrafo de la ley 27.260, cuyo texto dispone que las multas y demás sanciones, correspondientes a obligaciones sustanciales devengadas al 31 de mayo, quedan condonadas de pleno derecho, siempre que no se encontraren firmes a la fecha de entrada en vigencia de la ley y que además, la obligación principal hubiera sido cancelada. Asimismo, y teniendo en cuenta el informe emitido por el Fisco Nacional, de donde surge que las obligaciones sustanciales que motivaron la sanción impuesta a la contribuyente, fueron canceladas con anterioridad al 22/7/16, y q

Monotributistas. Suspensión de la exclusión por no depurar los ingresos por cuenta ajena

MONOTRIBUTISTA. INGRESOS POR CUENTA AJENA. LA JUSTICIA SUSPENDE LA EXCLUSIÓN DE PLENO DERECHO Buenos Aires, 4 de octubre de 2016. Y VISTOS: El recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 75, concedido a fs. 76, contra la resolución de fs. 70/71vta.; y CONSIDERANDO: 1º) Que, N. L. S. promovió demanda contra la Dirección General de la Seguridad Social de la AFIP con el objeto de impugnar las resoluciones 200/2014 y 1277/2015 que la excluyeron del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes desde el 2/2/10. La actora sostuvo que dicha exclusión obedeció a la verificación de ingresos obtenidos entre el 04/01/10 al 02/02/10 que totalizaron la suma de $..., en tanto el límite establecido por el art. 20, inc. a, de la ley 26.565 -entonces vigente-, para permanecer en la última categoría del régimen referido, ascendía a $... Para así proceder, el Fisco Nacional consideró como “ingresos brutos” los que provenían tanto de las operaciones efectuadas por